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Resumen:
En México, durante los años 2011 y 2014 fortaleció el marco constitucional y legal a fin de proteger los derechos de los menores de edad, velando por el principio del interés superior de la niñez y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México es parte.
Una vez modificado el texto constitucional y publicada la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) ¿se restringe la facultad a las entidades federativas de legislar en favor de la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes? ¿Cuál es la obligación de la Federación, entidades federativas y municipios en relación a la producción normativa en esta materia? Tan importante es conocer quién tiene la obligación de ejecutar programas relacionados con los derechos de las niñas, niños y adolescentes (NNA) como saber si
las entidades federativas deben o no, a través de sus congresos locales legislar en la materia con total soberanía o bien, bajo un enfoque de derechos humanos y cumpliendo con el interés superior de la niñez establecido en la norma general.
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